· Costumbre: Conjunto de modos institucionalizados de vivir pero no expresados directamente. Conjunto de hábitos. Características:
o Principal fuente de Derecho nacida de la voluntad de la mayoría y entendida como lo justo según su moral
o General: cumplida por un segmento importante de la población
o Reiterada: su práctica debe ser constante
o Jurídica: tiene efectos jurídicos
o Obligatoria: su violación acarrea una sanción
· Ley: "La ley cuando hablamos del pueblo queda constituida”. Gobierno del pueblo”. Características:
o Era creada por la asamblea lo que le daba un carácter licito
o Podía derogar una costumbre.
o General: se aplica a todos,
o Expresa: clara a diferencia de la costumbre
o Escrita
o Jurídica: tiene efectos jurídicos
o Obligatoria: de no ser cumplida genera sanciones
· Senadoconsulto: Decisión votada por el senado romano. Carecía de obligatoriedad hasta que se tradujera en ley.
· Magistrados judiciales: Pretores quienes eran los autores de los edictos. Crearon el ius pretorium como fuente novedosa del Derecho Privado Romano. Características del ius pretorium:
o Limitado en cuanto a las personas que pueden litigar
o Escrito pues estaba redactado en un edicto
o Obligatorio porque una vez iniciado el proceso, hay que continuar con él
o Jurídico por sus efectos
o Modificable
o Expreso
· Jurisconsultos: Conocedores del Derecho cuyas soluciones eran aceptadas como normas jurídicas
· Fundamento de las fuentes del Derecho:
1. Imperium: Derecho de mando que tenían los magistrados y militares de alto rango. Ámbitos: judicial, administrativo y militar
2. Potestas: Poder de ejecutar un acto (en el sentido de estar autorizado para eso) o poder sobre una persona. Se distinguen: público (capacidad de un magistrado para ejercer sus funciones) y privado (patria potestas sobre la domus y sobre el patrimonio)
3. Autoritas: Derecho de autorizar la celebración de un acto
4. Maiestas: Soberanía, derecho a votar, a elegir
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